domingo, noviembre 24, 2024
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MAP emite resolución para limitar número de asesores en instituciones públicas


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Santo Domingo.- El Ministerio de la Función Pública (MAP) ha emitido la resolución no. 184-2024, que limita el número de asesores que las instituciones del Poder Ejecutivo pueden nombrar dentro de su estructura organizacional. El número máximo de asesores permitidos ahora equivale al número de viceministerios, subdirecciones generales o nacionales, alcaldes, subadministraciones o sus equivalentes dentro de cada institución.

La resolución, suscrita por el Ministro Darío Castillo Lugo, es vinculante y obligatoria para todas las entidades y órganos administrativos dependientes del Poder Ejecutivo, específicamente la Administración Pública Central. Sin embargo, exime a los asesores designados por la Presidencia de la República, los Ministerios de la Presidencia (MINPRE) y Administrativo de la Presidencia (MAPRE), la Vicepresidencia, el Ministerio de Defensa (MIDE) y el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX). ). Estas exenciones se enmarcan en la racionalidad y cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente en materia de función pública y presupuesto.

El MAP, como supervisor del empleo público, podrá aprobar excepciones a este límite en casos particulares y excepcionales. Dichas aprobaciones se otorgarán si la entidad solicitante justifica la necesidad de asesores adicionales para cumplir con sus deberes, competencias, planes y programas institucionales, según se detalla en un comunicado de prensa en el sitio web del MAP.

Además, las entidades y organismos están obligados a presentar al MAP, antes del 30 de junio de 2024, propuestas de modificación de su estructura organizativa, incluyendo el número de asesores, sus responsables informantes y la escala salarial aplicable. 2025.

Las instituciones que deseen retener asesores más allá de los límites establecidos después del 31 de diciembre de 2024, deberán reubicarlos en puestos vacantes o necesarios con funciones sustantivas o transversales específicas, de conformidad con el artículo 1 de la Ley n. 41-08 sobre Función Pública. Los asesores que no sean reubicados a finales de 2024 deberán ser dados de baja de la nómina, recibiendo proporcionalmente sus beneficios de vacaciones y salario del mes 13.

La Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES) validará puestos de asesoría para el proyecto de Presupuesto General del Estado 2025 sólo si cumplen con la resolución y cuentan con la aprobación del MAP. De igual forma, la Contraloría General de la República aprobará los pagos de los asesores a partir del 1 de enero de 2025, sólo si cumplen con estos requisitos y están incluidos en el presupuesto 2025. Todas las entidades del Poder Ejecutivo deberán asegurar el cumplimiento de estas disposiciones antes del 31 de diciembre de 2024.

Estas medidas se alinean con la ley no. 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo, ley no. 247-12 sobre Administración Pública, ley núm. 41-08 sobre Función Pública, y la ley núm. 423-06 sobre Presupuesto Orgánico del Sector Público. También forman parte de la Reforma y Modernización de la Administración Pública (Reformap), aprobada por decreto 149-21, que tiene como objetivo mejorar la racionalidad y eficiencia de los órganos administrativos del Poder Ejecutivo.



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